Facua-Consumidores en Acción ha denunciado a PortAventura World y a otros tres parques de ocio, Isla Mágica, Parque Warner y Terra Mítica, ante el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 por impedir la entrada con comida y bebida “con el objeto de forzar que se adquiera en los establecimientos o máquinas expendedoras del interior de los recintos, a precios mucho más caros”.
La asociación ha pedido a la Dirección General de Consumo la apertura de expedientes sancionadores a los cuatro complejos, al considerar que con estas prácticas vulneran el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
Facua indica que ha realizado un seguimiento sobre las prácticas de los grandes parques temáticos europeos y asegura que en ellos “no se producen estos abusos en el ejercicio del derecho de admisión”. E Disneyland París y Parc Astérix (Francia), Europa-Park (Alemania), Legoland Windsor Resor (Reino Unido) y el Parque de los Jardines de Tivoli (Dinamarca) se permite acceder con comida y bebida.
La asociación advierte de que esta limitación no obedece a la necesidad de preservar la seguridad ni la higiene dentro del parque ni a ninguna otra causa objetiva, sino exclusivamente a motivaciones económicas y al afán de obtener mayores beneficios, forzando a los consumidores a adquirir bienes de consumo dentro del parque a precios notablemente superiores a los que podrían encontrar en el mercado, restringiendo su libertad de elección y causándoles un perjuicio económico.
En sus denuncias, la asociación argumenta que la actividad principal de estas empresas es la de establecimientos recreativos en su modalidad de parques de atracciones y temáticos. Así, el servicio de restauración es una actividad complementaria, que no forma parte del precio de la entrada para el servicio contratado por los usuarios visitantes.
Facua recuerda que en enero de 2016, la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición (Aecosan), que estaba adscrita al ministerio con competencias en Consumo, publicó un informe sobre este tipo de limitaciones en salas de cine en el que concluyó que «es ilegal y tiene carácter abusivo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 82, 86.7, y 89.4 del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios».
Preguntado por La Vila, PortAventura World ha declinado realizar declaraciones al respecto.